Preguntas sobre contratación pública de servicios
Lo que más nos preguntan ayuntamientos y empresas, con el artículo de la Ley 9/2017 en el que se apoya cada respuesta. Los enlaces llevan al texto consolidado del BOE.
Preparar un contrato de servicios
¿Cuánto puede durar un contrato de servicios?
Los contratos de servicios de prestación sucesiva pueden durar como máximo cinco años, prórrogas incluidas (art. 29.4). Solo se admite un plazo mayor cuando lo exige la recuperación de inversiones ligadas al contrato que no se puedan usar en el resto de la actividad de la empresa.
¿Se pueden revisar los precios de un contrato de servicios?
Solo en los casos que prevé el artículo 103.2: entre ellos, los contratos en los que la recuperación de la inversión es de cinco años o más, y siempre justificándolo en el expediente. Nunca se revisan las amortizaciones, los costes financieros, los gastos generales ni el beneficio industrial. En la mayoría de contratos de limpieza o de ayuda a domicilio sin grandes inversiones, no cabe.
¿Quién aprueba los pliegos que prepara una consultora?
El órgano de contratación del ayuntamiento. La consultora redacta los documentos como apoyo técnico; los técnicos municipales los revisan e informan, y el órgano de contratación los aprueba y los hace suyos. La responsabilidad del expediente sigue siendo de la Administración.
¿Qué tiene que incluir el presupuesto base de licitación de un contrato de servicios?
Según el artículo 100.2 de la Ley 9/2017, el presupuesto base tiene que ser adecuado a los precios del mercado y desglosar en el pliego los costes directos e indirectos. Cuando los salarios forman parte del precio, hay que indicar los costes salariales estimados a partir del convenio de referencia, desglosados por género y categoría profesional.
¿En qué se diferencian el presupuesto base y el valor estimado?
El presupuesto base es el gasto máximo que puede comprometer el órgano de contratación e incluye el IVA (art. 100.1). El valor estimado no lleva IVA y suma las prórrogas posibles y las modificaciones previstas en el pliego (art. 101). Del valor estimado dependen, entre otras cosas, el procedimiento y si cabe recurso especial.
¿Cuándo hace falta un estudio de viabilidad?
En las concesiones de servicios. El artículo 285.2 exige un estudio de viabilidad, o un estudio de viabilidad económico-financiera, antes de tramitar el expediente, y lo hace vinculante si concluye que el proyecto es inviable.
¿Qué información sobre la subrogación del personal debe dar el pliego?
La necesaria para que los licitadores calculen con exactitud el coste laboral: el artículo 130 obliga a facilitar en el propio pliego las condiciones de los contratos de los trabajadores afectados cuando un convenio o una norma imponen la subrogación.
Presentarse a una licitación
¿Cuánto tiempo hay para preparar una oferta?
En los contratos de las Administraciones no sujetos a regulación armonizada, el plazo de presentación no puede ser inferior a quince días desde el anuncio en el perfil de contratante (art. 156.6). Es poco tiempo para una memoria técnica y un estudio de costes, así que conviene empezar el mismo día en que se publica la licitación.
¿Qué pasa si mi oferta queda en presunción de anormalidad?
La mesa de contratación le pedirá que justifique y desglose el precio o los costes que la hacen baja (art. 149.4). Solo pueden excluirla después de ese trámite. La justificación tiene que apoyarse en cifras: convenio, plantilla, rendimientos, ahorros concretos.
¿Se puede recurrir un pliego o una adjudicación?
Sí. En los contratos de servicios con valor estimado superior a cien mil euros cabe el recurso especial en materia de contratación contra los pliegos, las exclusiones y la adjudicación, entre otros actos (art. 44). El plazo general es de quince días hábiles (art. 50.1). Por debajo de ese umbral se usan los recursos administrativos ordinarios.
¿Cómo afecta la subrogación del personal al precio?
Mucho. Si el convenio obliga a subrogar, el adjudicatario hereda la plantilla con sus jornadas, antigüedades y salarios. El pliego tiene que dar esa información (art. 130) y el estudio de costes de la oferta tiene que partir de ella, no de las tablas mínimas del convenio.
¿Escribís la memoria técnica o solo la revisáis?
Las dos cosas. Podemos redactarla entera a partir de la información de la empresa (medios, organización, experiencia) o revisar una ya escrita contra los criterios de valoración, el límite de páginas y el formato que exige el pliego.
¿Hace falta estar clasificado para un contrato de servicios?
No. La clasificación no es exigible en los contratos de servicios (art. 77.1.b). El pliego fija la solvencia económica y técnica que hay que acreditar, y puede indicar también el grupo y subgrupo de clasificación con los que se considera acreditada.
¿Qué es el DEUC?
¿Qué garantía hay que depositar si se gana el contrato?
Con carácter general, una garantía definitiva del 5 % del precio final ofertado, sin IVA (art. 107.1). Se constituye cuando la empresa ha quedado primera, dentro del plazo del requerimiento.
¿Qué piden a la empresa que queda primera?
El órgano de contratación le requiere para que, en diez días hábiles, presente la documentación que acredita su capacidad y solvencia, que dispone de los medios que se comprometió a adscribir y la garantía definitiva (art. 150.2). Si no lo hace a tiempo, se entiende que retira su oferta.
¿Pueden presentarse varias empresas juntas?
Sí, como unión temporal de empresas. No hace falta formalizarla en escritura pública hasta que se adjudica el contrato a su favor (art. 69.1).
Sobre A&G Consultores
¿Qué hace A&G Consultores?
Es una consultoría de contratación pública de Écija (Sevilla). Para los ayuntamientos prepara el expediente de un contrato: la memoria que justifica la necesidad, el estudio de costes con el presupuesto base y el valor estimado, los pliegos y los informes de valoración de las ofertas. Para las empresas que licitan estudia si les conviene presentarse, redacta la memoria técnica, calcula los costes de personal y prepara recursos.
¿Trabajáis solo en Sevilla?
No. La oficina está en Calle Ancha, 8 A, en Écija, pero los expedientes se preparan para ayuntamientos y empresas de toda España. La documentación de una licitación se publica en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en los perfiles de contratante, así que la mayor parte del trabajo se hace a distancia, con visitas de campo cuando el estudio las necesita.
¿En qué servicios públicos tenéis experiencia?
Sobre todo en limpieza viaria y recogida de residuos, limpieza de edificios y colegios, servicio de ayuda a domicilio, estacionamiento regulado y jardinería. En la página de sectores está lo que estudiamos en cada uno.
¿Qué necesitáis para estudiar una licitación?
El enlace a la licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público, o los pliegos y sus anexos si ya los tiene descargados. Si hay personal que subrogar, el listado de trabajadores del anexo es lo primero que miramos, porque suele decidir el precio.
¿Cómo puedo contactar?
Llamando o escribiendo por WhatsApp al 650 72 83 11, o por correo a nino.garcia@agconsultores.net.
Información general sobre la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, comprobada en el texto consolidado del BOE el . No sustituye al estudio de cada caso.
